La compra de un vehículo de segunda mano, a pesar de que es una clara alternativa de ahorro, entraña ciertos riesgos referidos al estado real del vehículo. Los siguientes consejos van encaminados a reducir dichos riesgos.
Antes de tomar una decisión, hay que tener en cuenta que existen dos opciones de compra:
- En establecimientos dedicados a la compraventa de vehículos usados o en servicios de ocasión de los concesionarios oficiales.
- A particulares.
En el primer caso, si surge algún problema se podrá presentar la reclamación gratuitamente en los organismos de defensa de los consumidores, mientras que la compra a un particular se regulará por el Derecho Civil Común, siendo los tribunales los encargados de dirimir las controversias.
Además, en el primer caso, la duración de la garantía que la Ley concede es pactada entre las partes y no podrá ser inferior a un año desde la entrega, mientras que en el segundo caso, la acción para demandar se extinguirá a los 6 meses, contados desde la entrega del bien.
Comprobaciones previas a la contratación
- Que el vehículo ha pasado la correspondiente ITV en el caso de que tenga más de cuatro años.
- Que está al corriente de pago en el Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica.
- Es conveniente que un especialista de confianza comprobara el estado de conservación del vehículo.
- El consumidor podrá pactar con el vendedor la realización de un diagnóstico del estado del vehículo por un taller elegido de común acuerdo (los gastos son a cargo del consumidor). Si el vendedor no aceptase, la garantía legal que la Ley establece cubrirá las averías posteriores.
- Recuerde que los defectos visibles (arañazos, neumáticos en mal estado, etc.) no tienen garantía alguna.
Información obligatoria
En el propio establecimiento se expondrá un cartel informativo con la siguiente leyenda:
"Este establecimiento posee, a disposición del consumidor que lo solicite, una copia del Decreto por el que se regula el derecho a la información de los consumidores en la compraventa de vehículos usados y un documento individualizado de cada vehículo expuesto, en el que se indican, entre otros datos, las características del mismo, su titularidad, la garantía que posea y su precio".
Asimismo deberá estar expuesto un cartel informativo donde figure que el establecimiento dispone de hojas de reclamaciones para el consumidor.
A fin de poder estudiar detenidamente una oferta, se podrá solicitar el denominado documento individualizado del vehículo en cuestión. Dicho documento contendrá la información siguiente:
- Titular del vehículo.
- Marca, modelo, cilindrada, potencia, número de bastidor y matrícula.
- Antigüedad y kilometraje.
- Servicio inmediato anterior recogido en la tarjeta técnica del vehículo.
- Fecha y resultado de la última inspección técnica.
- Denominación, domicilio social y CIF del establecimiento.
- Fecha de adquisición por el transmitente.
- Garantía legal y comercial que posee.
- Fecha y resultado de revisión antes de s,u nueva puesta en circulación, si procede.
- Si el vehículo está libre de cargas y gravámenes.
Contrato de compraventa y recibo de señal.
La formalización de la operación debe realizarse por escrito (contrato de compraventa). Si previamente se entregaran cantidades a cuenta, el vendedor dará al comprador un justificante con la identificación del vehículo, a fin de evitar posteriores sorpresas. Cuando se formaliza la compraventa, el establecimiento entregará al consumidor:
- Contrato de compraventa.
- Copia del documento individualizado del vehículo.
- Factura ajustada a la normativa legal.
- Documento que incluya la duración de la garantía.
Tramitación de la transferencia (cambio de titularidad del vehículo)
Normalmente en caso de adquirir el vehículo a un establecimiento del sector éste será el encargado de realizar muchos de los trámites ante la Dirección General de Tráfico, aunque es muy recomendable conocer y cerciorarse de que todos ellos se llevan a cabo. No obstante, si opta por realizar la transferencia usted mismo, sepa que necesitará los siguientes documentos:
- Solicitud en impreso oficial facilitado por Tráfico con los datos y la firma de las partes implicadas en la compraventa.
- Permiso de circulación firmado en el dorso por el vendedor.
- Tarjeta de Inspección Técnica y certificado de haber pasado la ITV en el caso de que el vehículo tuviera más de cuatro años.
- Justificante del pago del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al año en curso.
- Contrato de compraventa y DNI o CIF de los interesados.
- Pago las de tasas de Tráfico e impuestos.